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Condena por hacer 20 cambios innecesarios de una prótesis
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Condena por hacer 20 cambios innecesarios de una prótesis
S.Valle - Viernes, 1 de Octubre de 2010
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado al Sacyl a indemnizar con 287.000 euros a una paciente que sufre secuelas debido a un reemplazo periódico de su prótesis. El tribunal no encuentra justificación médica para que los cambios fueran tan seguidos.
Los hechos juzgados ocurrieron entre 1992 y 1999, cuando las competencias de Sanidad todavía no estaban transferidas a las comunidades autónomas, algo que no ha servido a la defensa de la Administración para evitar la condena que ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y que obliga a la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (Sacyl) a indemnizar con 287.000 euros a una mujer que sufre importantes secuelas debido a una mala praxis.
La demandante, representada judicialmente por la asociación El Defensor del Paciente, sufre un problema respiratorio desde que con diez años ingirió sosa cáustica de manera accidental. Como consecuencia, vive con una prótesis respiratoria, tubos de Montgomery, que necesita un reemplazo periódico.
Según los hechos que aparecen en la sentencia, al principio la prótesis era reemplazada cada seis meses y, al poco tiempo, empezó a ser sometida a operaciones cada tres meses para el cambio del tubo, llegando a sufrir 20 intervenciones. Ante esta situación, la paciente fue derivada a otro hospital en el que, con otro criterio médico, no le cambiaron la prótesis hasta que pasaron 43 meses. El resultado fue que la paciente experimentó una mejoría general de su estado.
Mala praxis
La mujer consideraba que la Administración sanitaria incurrió en una mala praxis al someterla a un inadecuado cambio continuado de tubos, "con el consiguiente preoperatorio, con sometimiento a radicación, anestesia general y recuperación". En definitiva, la demandante acusaba a la actuación sanitaria de sufrir un exceso de manipulación con consecuencias perjudiciales para su salud, sin que se le expusiera su necesidad, ni la existencia de un tratamiento alternativo y sin ser tratada de broncoestesias difusas que padecía, y sin que se examinase en cada caso la procedencia de cambiar el tubo mediante un examen previo de su estadio. El informe del perito avala los argumentos de la demandante.
El experto señala que "si bien no puede precisarse a ciencia cierta un tiempo de duración predeterminado en que se debe cambiar o no la prótesis -siendo admitido en la mayoría de los casos un lapso de entre doce y dieciocho meses - [...] tal criterio científico debe entenderse corroborado con la comprobación empírica de lo observado en el hospital ", en el que a la paciente no se le cambió la prótesis hasta que no transcurrieron 43 meses. El fallo dicta que "la demandante ha padecido innecesarios y elevados periodos de hospitalización para el recambio de la prótesis, así como operaciones propiamente dichas que no eran precisas, calculándose en unas veinte".
Como consecuencia del exceso de operaciones, la mujer sufre hiperactividad bronquial y síndrome mixto ansioso-depresivo, por el que se medica con fármacos que han propiciado un aborto para evitar malformaciones en el feto. El informe pericial corrobora la relación entre estas patologías que sufre la paciente y la mala praxis sanitaria. En conclusión, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado al Sacyl a indemnizar con 287.000 euros a la paciente. Las costas del proceso deben pagarlas cada parte las suyas y las comunes a mitades, ha dictado el tribunal.
Discernir la mala praxis sin protocolos
Cuando existen protocolos es más fácil saber si existió o no una mala praxis. Así, el TSJ de Murcia absolvió a la Consejería de Sanidad murciana de la demanda interpuesta por una paciente por no haberse podido someter a una amniocentesis con la que se habría detectado el síndrome de Down que padecía su hijo, pues el protocolo que se alegaba como incumplido no estaba vigente cuando se produjeron los hechos.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado al Sacyl a indemnizar con 287.000 euros a una paciente que sufre secuelas debido a un reemplazo periódico de su prótesis. El tribunal no encuentra justificación médica para que los cambios fueran tan seguidos.
Los hechos juzgados ocurrieron entre 1992 y 1999, cuando las competencias de Sanidad todavía no estaban transferidas a las comunidades autónomas, algo que no ha servido a la defensa de la Administración para evitar la condena que ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y que obliga a la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (Sacyl) a indemnizar con 287.000 euros a una mujer que sufre importantes secuelas debido a una mala praxis.
La demandante, representada judicialmente por la asociación El Defensor del Paciente, sufre un problema respiratorio desde que con diez años ingirió sosa cáustica de manera accidental. Como consecuencia, vive con una prótesis respiratoria, tubos de Montgomery, que necesita un reemplazo periódico.
Según los hechos que aparecen en la sentencia, al principio la prótesis era reemplazada cada seis meses y, al poco tiempo, empezó a ser sometida a operaciones cada tres meses para el cambio del tubo, llegando a sufrir 20 intervenciones. Ante esta situación, la paciente fue derivada a otro hospital en el que, con otro criterio médico, no le cambiaron la prótesis hasta que pasaron 43 meses. El resultado fue que la paciente experimentó una mejoría general de su estado.
Mala praxis
La mujer consideraba que la Administración sanitaria incurrió en una mala praxis al someterla a un inadecuado cambio continuado de tubos, "con el consiguiente preoperatorio, con sometimiento a radicación, anestesia general y recuperación". En definitiva, la demandante acusaba a la actuación sanitaria de sufrir un exceso de manipulación con consecuencias perjudiciales para su salud, sin que se le expusiera su necesidad, ni la existencia de un tratamiento alternativo y sin ser tratada de broncoestesias difusas que padecía, y sin que se examinase en cada caso la procedencia de cambiar el tubo mediante un examen previo de su estadio. El informe del perito avala los argumentos de la demandante.
El experto señala que "si bien no puede precisarse a ciencia cierta un tiempo de duración predeterminado en que se debe cambiar o no la prótesis -siendo admitido en la mayoría de los casos un lapso de entre doce y dieciocho meses - [...] tal criterio científico debe entenderse corroborado con la comprobación empírica de lo observado en el hospital ", en el que a la paciente no se le cambió la prótesis hasta que no transcurrieron 43 meses. El fallo dicta que "la demandante ha padecido innecesarios y elevados periodos de hospitalización para el recambio de la prótesis, así como operaciones propiamente dichas que no eran precisas, calculándose en unas veinte".
Como consecuencia del exceso de operaciones, la mujer sufre hiperactividad bronquial y síndrome mixto ansioso-depresivo, por el que se medica con fármacos que han propiciado un aborto para evitar malformaciones en el feto. El informe pericial corrobora la relación entre estas patologías que sufre la paciente y la mala praxis sanitaria. En conclusión, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado al Sacyl a indemnizar con 287.000 euros a la paciente. Las costas del proceso deben pagarlas cada parte las suyas y las comunes a mitades, ha dictado el tribunal.
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